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Tribunal R. Metropolitana. Primero
Inversiones Praderas de La Dehesa Limitada con LOPEZ JOFRÉ y otros
Fecha: 03-07-2024 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra reavalúo y sobretasa del 100% a terreno sin servicios básicos, por carecer de acceso efectivo a agua potable y alcantarillado conforme art. 8 Ley 17.235.
Inversiones Praderas de la Dehesa Limitada es propietaria del Lote 13-A en Lo Barnechea (15.500 m²). El SII modificó el avalúo del bien (Rol 3777-098) en 2019, aplicando sobretasa del 100% por ser sitio no edificado en área urbana. La empresa sostiene que el terreno carece de servicios básicos (agua potable y alcantarillado) y no se encuentra dentro del área geográfica donde se prestan tales servicios. Presenta certificado de Aguas Cordillera indicando que la extensión de redes requiere obras futuras. El tribunal realizó inspección personal (enero 2024) constatando sitio eriazo sin construccio
El tribunal analiza el artículo 8 de la Ley 17.235, modificado por Ley 21.078, que establece sobretasa del 100% a sitios no edificados en áreas urbanas, pero con excepción para inmuebles fuera de los límites del área geográfica donde se prestan servicios de agua potable y alcantarillado. Considera el Oficio SII 1.871/2022 que permite revisar la sobretasa cuando el inmueble carece de efectivo acceso a servicios, aún con certificado de factibilidad. El tribunal valora que el certificado de Aguas Cordillera acredita obras futuras condicionadas a financiamiento del propietario, no disponibilidad i
Acoge el reclamo. Deja sin efecto el nuevo reavalúo y la sobretasa del 100% aplicados al Rol Avalúo 3777-098, comuna de Lo Barnechea, proceso de reavalúo año 2019. No condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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