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Tribunal Atacama
MACAYA SOTO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL COPIAPO
Fecha: 12-11-2024 · Materia: Giro · Juez: María Luisa Lobo Guiñez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de contribuyente contra liquidación y giro del SII por falta de notificación válida. Confirma validez de actos administrativos notificados por carta certificada dentro de plazo de prescripción.
José Manuel Macaya Soto reclama la Liquidación N°390400159 de junio 2022 y Giro N°241941119-4 de agosto 2023, emitidos por el SII. Alega no haber sido notificado válidamente de estos actos. Afirma que solicitó información sobre números de seguimiento de las cartas certificadas sin obtener respuesta del SII ni de Correos de Chile. El SII acredita haber enviado cartas certificadas que fueron recibidas por Manuel Macaya Fernández (hijo del contribuyente) en su domicilio en Huasco. Documentos de Correos posteriormente indican que la información de seguimiento ya no está disponible por haber transc
El tribunal establece que el SII acreditó el envío de cartas certificadas conforme al artículo 11 del Código Tributario. Aunque Correos de Chile señala que no existe información de los códigos de seguimiento en sus sistemas actuales, esto obedece al tiempo transcurrido (más de 18 meses). Anteriormente, Correos sí proporcionó información sobre la entrega a Manuel Macaya Fernández el 2 de julio 2022 (liquidación) y 1 de septiembre 2023 (giro). La presunción de validez de actos administrativos (Ley 19.880) y la presunción legal del inciso 6° del artículo 11 CT no fueron desvirtuadas por la reclam
Se rechaza la reclamación contra la Liquidación N°390400159 y Giro N°241941119-4. Se confirman ambos actos administrativos. No se condena en costas por haber motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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