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Tribunal R. Metropolitana. Primero
AGENCIA DE VIAJES TURAVION SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 15-11-2024 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge nulidad de liquidaciones tributarias 609 y 610 por vicio en notificación de citación a correo electrónico no autorizado por contribuyente, sin necesidad de pronunciarse sobre el fondo.
Agencia de Viajes Turavion SpA fue fiscalizada por el SII respecto del Año Tributario 2017. El 17 de abril de 2020 se notificó la Citación N° 124 a la dirección contactosii809894002@custodium.com, que la empresa alegó no había autorizado ni registrado. El 30 de julio de 2020 se emitieron las Liquidaciones 609 y 610 que rechazaban diversas partidas de gastos e ingresos por un monto de $1.294.861.324. La reclamante interpuso Recurso de Reposición Administrativa Voluntaria y Recurso Jerárquico, ambos rechazados.
El tribunal estableció que la notificación de la Citación N° 124 fue defectuosa al remitirse a un correo electrónico que la reclamante no había autorizado ni registrado. Aunque formalmente se cumplió con el artículo 11 del Código Tributario, se vulneró el derecho a defensa y al debido proceso. La finalidad primordial de la notificación es asegurar que el acto sea conocido por el interesado, y la Administración tiene la carga de acreditar la validez de la notificación. Al ser viciada la citación, no operó la extensión del plazo de prescripción de tres meses, por lo que las liquidaciones se emit
Tribunal acoge nulidad de Citación N° 124 de 17 de abril de 2020 y deja sin efecto las Liquidaciones 609 y 610 de 30 de julio de 2020. Omite pronunciamiento sobre alegaciones de fondo. No condena en costas por motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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