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Tribunal R. Metropolitana. Primero
CENCOSUD SHOPPING S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 15-11-2024 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Reclamo de avalúo fiscal de bien raíz no agrícola por Cencosud Shopping S.A. contra el Reavalúo 2022 del SII, cuestionando la metodología de tasación y aplicación de criterios no legales como uso de suelo.
Cencosud Shopping S.A., propietaria del inmueble rol 2063-29 de Las Condes (84.466 m2), reclamó contra el Reavalúo 2022 del SII. El predio fue avaluado en área homogénea CAA401 con valor fiscal de $2.559.305/m2 y avalúo total de $407.774.078.452. La empresa cuestionó que el SII determinó el avalúo sin aplicar correctamente la Ley 17.235, utilizando criterios como uso de suelo y densificación no previstos legalmente, afectando garantías constitucionales de igualdad en tributos.
El tribunal analizó que la Ley 17.235 establece que el avalúo fiscal debe determinarse considerando solo tres parámetros: sectores de ubicación, obras de urbanización y equipamiento disponible. Citó jurisprudencia que indica que predios en un mismo sector con idénticas obras de urbanización y equipamiento deben tener el mismo valor para evitar arbitrariedades. Cuestionó que el SII incorporó en las Áreas Homogéneas criterios adicionales como uso de suelo, categoría de edificaciones y densificación, elementos que la Ley 18.591 eliminó expresamente en 1987, permitiendo que inmuebles ubicados en e
El documento presenta la fase inicial de discusión del reclamo, exponiendo los argumentos de la parte demandante sobre la ilegalidad de la metodología de tasación utilizada por el SII en el Reavalúo 2022. No contiene la resolución final del tribunal.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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