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Tribunal de los Lagos
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL PUERTO MONTT con SOCIEDAD INMOBILIARIA OMEGA LIMITADA
Fecha: 27-12-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE Ha Lugar
Sociedad Inmobiliaria Omega Limitada fue condenada a pagar multa equivalente al 100% del tributo defraudado por utilizar facturas falsas para incrementar crédito fiscal IVA y obtener devoluciones indebidas.
Entre julio 2020 y marzo 2021, la denunciada registró cinco facturas falsas emitidas por Servicios Integrales Sanbar Spa en sus formularios 29, amparando créditos fiscales por IVA que no corresponden. Los documentos fueron obtenidos por el contratista Víctor Jaramillo, quien ejecutaba obras en Lago Ranco. La empresa solicitó y obtuvo devolución de remanente acumulado de crédito fiscal por $5.418.673 el 27 de julio 2021, cuando le correspondía solo $502.368. El perjuicio fiscal ascendió a $26.970.638 por créditos falsos y $6.101.135 por devolución indebida.
El tribunal acreditó ambas infracciones: el contribuyente reconoció que Sanbar nunca fue proveedora y que las facturas fueron conseguidas por tercero. Aunque las obras en Lago Ranco se ejecutaron efectivamente, no existe constancia de que el IVA recargado en facturas falsas fuera pagado al fisco. El dolo directo quedó probado por el reconocimiento del mismo contribuyente, quien sabía que los documentos no provenían del tercero con el cual trabajó y los registró igual en contabilidad. El tribunal desestimó aplicar agravantes por grado de cultura e inicios de actividades antiguos, pero acogió la
Se acogió el acta de denuncia por infracciones consumadas al artículo 97 N°4 incisos 2° y 3° del Código Tributario. Se condenó a Sociedad Inmobiliaria Omega Limitada a pagar multa a beneficio fiscal de $33.071.772 pesos, equivalentes al 100% del tributo defraudado actualizado a marzo 2024.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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