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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SOCIEDAD MEDICA GALLARDO Y ZANETTA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 22-01-2025 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación por subdeclaración de ingresos. Desestima nulidad por falta de fundamentación y deniega deducción de gastos no acreditados fehacientemente.
Sociedad Médica Gallardo y Zanetta Limitada presentó declaración incompleta de Impuesto a la Renta año 2017 (formulario 22), omitiendo ingresos y gastos pero declarando pagos provisionales de $3.775.844. Posteriormente, mediante formularios 29, informó ingresos por $181.011.418. El SII generó observación A08 por subdeclaración de ingresos y emitió liquidación el 17 de julio de 2020. La contribuyente no concurrió a citación administrativa. Solicita nulidad por falta de fundamentación o, subsidiariamente, corrección incluyendo gastos por $141.720.355.
El tribunal analiza que la liquidación se encontraba debidamente fundamentada conforme a información existente al momento de su emisión. Examina requisitos de deducción de gastos según artículos 29 a 33 de la LIR, exigiendo acreditación fehaciente de los gastos invocados. Determina que la documentación acompañada por la reclamante (balance, formularios 29 compilados) resulta insuficiente para acreditar gastos de explotación, remuneraciones, honorarios, seguros, IVA no recuperable y otros, conforme lo exige el artículo 31 de la LIR. Concluye que la contabilidad completa autorizada y documentaci
Rechaza íntegramente el reclamo. Desestima nulidad por falta de motivación. Rechaza modificación de liquidación por omisión de gastos. Confirma liquidación reclamada. No condena en costas por existencia de motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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