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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
WANG con XIII SII DRM STGO CENTRO
Fecha: 31-01-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Karla Liliana Ramos Narváez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidaciones de renta basadas en facturas de casa de cambio por compra de moneda extranjera, al no acreditarse la efectividad material de las operaciones y por falta de fundamentación del acto administrativo.
Contribuyente persona natural reclamó liquidaciones N°817 y 818 por Impuesto de Primera Categoría y Global Complementario del AT 2016, que se fundaron en facturas electrónicas exentas emitidas por casa de cambio Saving Transfer por compra de moneda extranjera (USD 317.328.-). La contribuyente alegó que las facturas eran ideológicamente falsas, que nunca realizó tales operaciones, que no tuvo conocimiento de su emisión y que denunció estos hechos ante el SII y el Ministerio Público. El SII citó según art. 63 CT para justificar origen de fondos; contribuyente no concurrió.
El tribunal estimó que el SII no acreditó la efectividad material de las operaciones cuestionadas, no acompañando siquiera las facturas que fundaban las liquidaciones. La Circular N°8 de 2000 del SII establece que el Servicio debe probar activamente los hechos base de la presunción del art. 70 LIR, lo que no ocurrió. No existiendo certeza de las operaciones de compra de moneda extranjera, la contribuyente no puede justificar fondos de inversiones inexistentes. Las liquidaciones carecen de causa y fundamentación suficiente, infringiendo los arts. 11, 16 y 41 de la Ley 19.880. El vicio recae en
Se acoge el reclamo. Se dejan sin efecto las Liquidaciones N°817 y 818 de fecha 29 de julio de 2019. Sin condena en costas por haber existido motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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