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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
MA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO
Fecha: 31-03-2026 · Materia: Liquidación · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones de IDPC e IGC por AT 2020. Modifica montos de inversiones no justificadas, acreditando parcialmente origen de fondos según análisis de flujos de caja.
BOSHUM MA, empresario individual de nacionalidad china, fue fiscalizado por el SII en programa de justificación de inversiones AT 2020. Se cuestionó origen de fondos para inversiones en fondos mutuos (fondos años 2019) y moneda extranjera. El SII emitió liquidaciones 847 y 848 del 30.09.2021 por diferencias de IDPC e IGC por $286.067.766. Reclamante no concurrió a citación y argumenta que contabilidad acredita origen de fondos provenientes de su actividad empresarial.
El tribunal analizó flujos de caja del Libro Mayor del contribuyente para AT 2019. Acreditó parcialmente origen de fondos mediante documentación bancaria y contable. Para fondos mutuos del 06.03.2019, se justificaron $28.104.949 de $30.000.000. Para inversión del 25.03.2019, no se acreditaron fondos por saldo negativo resultante. Para moneda extranjera, se acreditaron $404.281.749 del total cuestionado. El tribunal aplicó artículos 70 y 71 de LIR sobre presunción de rentas no justificadas, pero consideró que la contabilidad aportada en juicio permitía acreditar parcialmente el origen de los fo
Se acoge en parte el reclamo. Se modifican liquidaciones 847 y 848 del 30.09.2021, reduciendo bases imponibles según montos acreditados. IDPC determinado en $46.836.052 e IGC en $14.882.785. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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