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Tribunal R. Metropolitana. Primero
IMPORT Y COMERC DE EQUIPOS INDUSTRIALES GATOR SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO
Fecha: 31-01-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Se acogerá la nulidad de liquidación tributaria por falta de fundamentación suficiente, al no bastarse a sí misma y requerir resolución posterior para su inteligencia.
GATOR SpA reclamó contra la Liquidación 180410676 del 20 de julio de 2021, emitida por el SII por impuesto de primera categoría del año 2018. El SII detectó una inconsistencia entre la base imponible declarada en el Formulario 22 ($90.447.469) y los datos de la Declaración Jurada 1926, determinando un agregado de $246.156.100. Posteriormente, el 9 de septiembre de 2021, el SII emitió la Resolución Ex. 180502249 que corrigió de oficio la liquidación, modificando la base imponible del impuesto de primera categoría.
El tribunal estableció que todo acto administrativo terminal debe ser fundado y bastarse a sí mismo, conteniendo todos los elementos necesarios para su validez jurídica. En materia tributaria, la fundamentación es esencial para que el contribuyente conozca los motivos de la determinación y pueda ejercer su derecho a defensa. La Liquidación reclamada no cumplió este requisito al requerir necesariamente la Resolución posterior para su debida inteligencia. Además, dicha Resolución determinó una nueva base imponible, lo que excede la mera corrección de cálculos numéricos y constituye un vicio esen
Se acoge la nulidad de la Liquidación 180410676 del 20 de julio de 2021, dejándola sin efecto. Se rechaza el argumento de prescripción. No se condena en costas al SII por tener motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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