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Tribunal R. Metropolitana. Primero
MINOS LEON con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO NORTE
Fecha: 13-02-2025 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación por devolución indebida de créditos de primera categoría. Se acredita falsedad maliciosa en declaración de dividendos y aplica plazo de prescripción de 6 años.
Yolanda Alicia Minos León declaró en AT 2017 ingresos por dividendos distribuidos por Inmobiliaria Majegui S.A. por $30.052.098, obteniendo crédito de primera categoría de $5.812.539 y devolución de $2.893.344 el 30.05.2017. El SII detectó que la reclamante fue incorporada a la sociedad junto a otros 66 contribuyentes en operaciones fraudulentas coordinadas por Andrés Hadweh Jadue y otros, mediante contratos de compraventa de acciones simulados, con único fin de obtener devoluciones indebidas de impuestos.
El tribunal acredita mediante antecedentes del Departamento de Delitos Tributarios que la reclamante participó en maniobras fraudulentas orquestadas para obtener devoluciones indebidas. Aunque la declaración de renta fue aceptada inicialmente, la prueba de la investigación criminal demuestra que el contrato de compraventa de acciones fue simulado y la distribución de dividendos maliciosamente falsa. La falsedad maliciosa en la declaración permite aplicar el plazo de prescripción de 6 años conforme al artículo 200 inciso segundo del Código Tributario, sin necesidad de acreditar dolo civil o pen
Se rechaza en todas sus partes el reclamo tributario y se confirma la Liquidación N°773 emitida el 25.11.2021 por $2.893.344 más reajustes, intereses y multas. No se condena en costas a la reclamante por tener motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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