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Tribunal R. Metropolitana. Primero
LOBOS TORO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO NORTE
Fecha: 17-02-2025 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación de devolución indebida de créditos de primera categoría por dividendos ficticios. El tribunal confirma falsedad maliciosa de la declaración y procedencia del plazo de 6 años de prescripción.
María Soledad Lobos Toro declaró en AT 2016 dividendos por $25.000.000 de Inmobiliaria Majegui S.A., obteniendo crédito de primera categoría de $5.120.475 e imputándolo al impuesto global complementario, lo que generó devolución de $3.171.062 el 28 de junio de 2016. Posteriormente, el mandatario de la sociedad informó la eliminación de su participación accionaria a contar del 6 de enero de 2016. El DIDET detectó que 66 contribuyentes participaron en esquema fraudulento de dos sociedades sin movimientos comerciales pero con FUT histórico para distribuir dividendos ficticios.
El tribunal valora que existe falsedad maliciosa en la declaración de AT 2016, conforme a investigación del DIDET que acreditó maniobras fraudulentas coordinadas por Andrés Hadweh Jadue y otros, generando devoluciones indebidas por $234.771.937 total. Se constata que la reclamante no acreditó capacidad económica para adquirir las acciones, conforme art. 21 CT. Aunque la declaración fue aceptada inicialmente por el SII, ello no descarta que fuera maliciosamente falsa. Las declaraciones juradas de terceros demuestran que los cheques fueron cobrados por los defraudadores, no por los supuestos acc
Se rechaza en todas sus partes el reclamo tributario y se confirma la Liquidación N°777 de 29 de noviembre de 2021 por $3.171.062 más reajustes e intereses. No se condena en costas por motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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