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Tribunal R. Metropolitana. Primero
GALAZ ROJAS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO
Fecha: 28-02-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Contribuyente impugna liquidaciones del SII por vicios esenciales: inconsistencias en cálculos, aplicación indebida de multa del art. 97 N°11 CT en reintegros y revocación extemporánea de devoluciones de IVA previamente autorizadas.
Juan Víctor Galáz Rojas, exportador, realizó operaciones de exportación entre 2016 y 2018 obteniendo devoluciones de crédito fiscal autorizadas por SNA, TGR y SII. El 30 de junio de 2020, el SII emite liquidaciones 354-367 cuestionando dichas devoluciones. Se detectan errores: liquidaciones 356 y 357 asignan montos distintos para octubre 2016 ($569.241.989 vs $828.876.528). Se aplica multa del art. 97 N°11 CT, que la Corte Suprema ha declarado inaplicable a reintegros.
El tribunal analiza la nulidad de actos tributarios conforme a art. 1 N°8 Ley 20.322, requiriendo: solicitud de parte, vicios en requisitos esenciales y perjuicio. Las liquidaciones son actos administrativos provisionales sujetos a requisitos legales (art. 24 CT, art. 3 Ley 19.880). Se alega: (1) contradicción con normativas previas (art. 36 DL 825 sobre beneficios a exportadores) y resoluciones de SNA y TGR; (2) errores matemáticos generando inconsistencias; (3) aplicación indebida de multa art. 97 N°11 CT a reintegros, contrario a jurisprudencia de Corte Suprema; (4) actuación extemporánea c
Pendiente de resolución. La causa se encuentra en fase de discusión. El reclamante solicita declarar la nulidad de liquidaciones 354-357 (principalmente) y subsidariamente 354-367, y condena en costas al SII por vicios esenciales y perjuicio patrimonial.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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