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Tribunal R. Metropolitana. Primero
QUEZADA GIANNINI con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 11-03-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones por ganancia de capital en venta de acciones, concluyendo que acciones de Nitratos S.A. sí tenían presencia bursátil y aplica beneficio del art. 107 LIR.
Contribuyente vendió acciones de Nitratos S.A. adquiridas en 2015 y enajenadas en 2017, generando mayor valor de $253.883.689. SII informó mediante Declaración Jurada N°1891 de Santander Corredores de Bolsa sobre la operación. SII emitió Liquidaciones N°683 y 684 el 30 de agosto de 2021 por $88.843.878, argumentando que las acciones no tenían presencia bursátil al momento de venta. Contribuyente presentó cartola de acciones del Banco Santander y diversos antecedentes incluyendo registro de inscripción en SVS. SII confirmó liquidaciones mediante Resolución Exenta N°143.111 de 12 de febrero de 2
El tribunal analiza si las acciones de Nitratos S.A. tenían presencia bursátil al momento de su enajenación, lo cual es requisito para aplicar el beneficio del artículo 107 LIR que considera el mayor valor obtenido como ingreso no renta. El SII sostuvo que dichas acciones carecían de presencia bursátil, por lo que el mayor valor debía tributar con Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario. El contribuyente aportó cartola de inversiones del Banco Santander, noticias de medios, registro de inscripción en SVS y resumen de Bolsa de Santiago para acreditar presencia bursátil. S
Acoge en parte el reclamo del contribuyente. Declara que las acciones de Nitratos S.A. sí tenían presencia bursátil al momento de su enajenación, por lo que aplica el beneficio del artículo 107 LIR, considerando el mayor valor como ingreso no renta exento de tributación de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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