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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
HARINAS Y PROTEINAS DE CHILE S. A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO
Fecha: 14-03-2025 · Materia: Artículo 8 bis CT · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo por vulneración de derechos tributarios en denegación de devolución de PPUA, estimando que el SII no incurrió en acto ilegal o arbitrario.
Harinas y Proteínas S.A. solicitó devolución de $94.977.939 por PPUA en AT 2019. El 4 de diciembre 2019, el SII requirió subsanar observaciones vía correo electrónico sin especificar documentos requeridos. La empresa respondió indicando que necesitaba fiscalización formal. El 22 de abril 2020, el SII emitió Resolución Ex. 573 denegando la devolución por falta de acreditación. La notificación ocurrió durante cuarentena por COVID-19, siendo encontrada bajo la puerta de la oficina el 17 de agosto 2020. La empresa interpuso Recurso de Resguardo que fue declarado inadmisible por Resolución Ex. RR 1
El Tribunal estima que aunque el SII requirió antecedentes sin especificar cuáles eran necesarios, dio oportunidad a la empresa de concurrir a sus oficinas para consultar, cosa que no ocurrió. Respecto a la notificación durante cuarentena, cualquier vicio debe conocerse a través del Procedimiento General de Reclamaciones, no por vía de Resguardo. La procedencia de la devolución también debe resolverse en procedimiento de lato conocimiento. No se acreditó vulneración de derechos del artículo 8 bis CT: el SII informó sobre actuaciones, indicó razones precisas de su decisión, y no se probó que im
Se rechaza el reclamo por vulneración de derechos. Se confirma Resolución Ex. RR 17-20 de 7 de septiembre 2020 del Director del SII. No se condena en costas a la reclamante por existir motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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