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Tribunal de Coquimbo
POLO DABED con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 10-04-2025 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGE Ha Lugar
Se anula liquidación de impuesto de herencia dictada extemporáneamente, tras vencer el plazo ordinario de prescripción de tres años, al no acreditarse la causal de declaración maliciosamente falsa.
Juan Marco Prusio Polo Dabed, heredero de su padre Juan Antonio Polo Osses (fallecido 15 de marzo de 2017), solicitó posesión efectiva en 2017. Presentó inventario y formulario 4419 en enero de 2018. El SII formuló reparos sobre valoraciones de bienes. El contribuyente presentó nuevo inventario en abril de 2020. El tribunal archivó y desarchivó el expediente en varias ocasiones. El SII liquidó el impuesto el 1 de octubre de 2024, más de siete años después del fallecimiento y tres años y medio después de vencido el plazo ordinario de prescripción (15 de marzo de 2022).
El tribunal analiza que el SII pretendió aplicar el plazo extraordinario de prescripción de seis años conforme al artículo 200 inciso 2 del Código Tributario, alegando declaración maliciosamente falsa. Sin embargo, el tribunal constata que: (1) la liquidación no expresó explícitamente esta causal; (2) el contribuyente presentó oportunamente la declaración dentro del plazo legal; (3) los "reparos" del SII consistieron en omisiones formales subsanables, no en falsedad; (4) la diferencia entre la valoración del contribuyente y la del SII fue de solo 13%, evidenciando buena fe; (5) el Servicio deb
Se acoge el reclamo y se anula la Liquidación Nº 480929 de 1 de octubre de 2024. Se condena al SII al pago de costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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