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Tribunal de Coquimbo
ROCO ARGANDOÑA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 15-04-2025 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de contribuyente contra liquidación de Impuesto Global Complementario 2021 por error en calificación tributaria de retiros, luego que SII se allana a la pretensión.
Patricio Eduardo Roco Argandoña, médico veterinario, reclamó contra Liquidación N°110400664 de 17 de julio de 2024 que determinaba diferencia a pagar por Impuesto Global Complementario del año 2021 de $63.374.801 más reajustes, intereses y multas. Alegó que la liquidación era errónea por considerar rentas o ingresos afectos muy por encima de lo que realmente debía tributar, con errores conceptuales en montos de ingresos. Señaló que había presentado antecedentes en etapa de citación y RAV que el SII no consideró. El SII emitió giro folio 356802991-6 por $134.275.994 en total.
El Tribunal reconoce que los actos administrativos gozan presunción de legalidad conforme artículo 3 de ley 19.880. Sin embargo, el SII evacuó traslado allanándose a la reclamación, indicando que los argumentos y antecedentes presentados por el reclamante permitían aclarar las observaciones del proceso de Operación Renta 2021 incorporadas en la liquidación reclamada. Conforme artículo 132 del Código Tributario, cuando el Servicio acepta llanamente la pretensión del reclamante, el Tribunal debe dar lugar al reclamo sin costas. El allanamiento fue total, sin otros asuntos por resolver.
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Liquidación N°110400664 de 17 de julio de 2024. Se rechaza la solicitud de costas por disposición del artículo 132 inciso primero del Código Tributario.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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