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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SANHUEZA ARTÉS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 23-04-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación por inversiones y gastos no justificados del AT 2017, confirmando aplicación de presunción de renta del art. 70 LIR por falta de acreditación del origen de fondos.
Contribuyente presentó declaración AT 2017 informando solo rentas de capitales mobiliarios por $2.290.787. SII detectó inversiones en fondos mutuos por $659.952.117 y compra de bien raíz por $230.001.000 durante año comercial 2016. Notificada Citación N°67 de 21.04.2020, contribuyente no aportó documentación requerida para justificar origen de fondos. Alegó negligencia de sus contadores y que inversiones provenían de reinversiones de fondos mutuos y liquidación de bienes raíces en Estados Unidos. SII emitió Liquidación N°853 de 28.08.2020 aplicando presunción de renta.
Tribunal establece que contribuyente no cumplió carga probatoria de acreditar origen y correcta tributación de fondos aplicados a inversiones. Documentación aportada (correos electrónicos de Corpbanca e informe pericial) resulta insuficiente al carecer de certificados, cartolas de rescate, escrituras públicas u otros antecedentes fehacientes. Informe reconoce no poder generar trazabilidad del origen de fondos Bice. Rige principio de autodeclaración, siendo responsabilidad personal del contribuyente cumplir obligaciones tributarias, no excusable en negligencia de terceros. Aplicación procedente
Rechaza reclamo y confirma íntegramente Liquidación N°853 de 28.08.2020. Ordena girar impuestos correspondientes. No condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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