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Tribunal de Aysen
Inmobiliaria Yerbas Buenas Limitada con Servicio de Impuestos Internos D.R. Coyhaique
Fecha: 02-07-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Roberto Esteban Aguirre Lagos
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de inmobiliaria contra liquidaciones del SII por pérdida de crédito Ley Austral al vender apart hotel antes de cinco años, desestimando prescripción y error en clasificación legal.
Inmobiliaria Yerbas Buenas Limitada adquirió y construyó un apart hotel en 2019, incorporándolo como activo inmovilizado e utilizando crédito tributario Ley Austral. En diciembre 2022 vendió el inmueble sin cobrar IVA. El SII emitió liquidaciones 41, 42 y 43 (años 2020, 2021, 2022) determinando diferencias por $84.369.219, $27.022.558 y $170.019.051, respectivamente, argumentando que la venta antes de cinco años obligaba a restituir el crédito. La reclamante alegó prescripción de la acción fiscalizadora y error en la aplicación de la ley.
El tribunal analiza la Ley 19.606 (Ley Austral) distinguiendo tres grupos de beneficiarios según artículo 1°. La inversión de la reclamante en un apart hotel se encuadra en el inciso segundo (bienes del activo inmovilizado destinados a explotación comercial con fines turísticos), no en el inciso cuarto que beneficia a constructoras/inmobiliarias que construyen para vender edificaciones específicas (no hoteles). Siendo clasificada bajo inciso segundo, la prohibición de enajenación dentro de cinco años resulta aplicable. El tribunal rechaza la prescripción porque aunque la citación fue del 7 jun
Tribunal rechaza la reclamación tanto en prescripción como en el fondo. NO condena en costas por estimar que la reclamante tuvo motivo plausible para recurrir. Permanecen firmes las liquidaciones 41, 42 y 43 del SII.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
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