Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
FUNDACIÓN ADOLFO IBÁNEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO
Fecha: 22-08-2025 · Materia: Giro · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Fundación Adolfo Ibáñez contra giro de Impuesto Territorial. El tribunal concluye que la exención de la Ley N°9.980 (1951) fue derogada expresamente al ser incorporada en el Anexo 1 de la Ley N°17.235 (1969).
Fundación Adolfo Ibáñez reclamó contra giros de Impuesto Territorial (cuotas 3 y 4 de 2021) por inmueble en Av. Diagonal Las Torres 2700, Peñalolén. La fundación alegaba poseer exención del 100% en virtud de Ley N°9.980 (1951). El bien fue incluido en registros catastrales del SII a partir del 01/01/2016 mediante Resolución Ex. SII N°A15.2018.00127097. El reclamo se interpuso años después de notificada la resolución.
El tribunal analizó la vigencia de la exención de Ley N°9.980 frente a la Ley N°17.235 (1969). Concluyó que al incorporarse explícitamente la Fundación Adolfo Ibáñez en el Cuadro Anexo N°1, Literal X, Letra A), N°1 de la Ley N°17.235 con referencia al artículo 2° de Ley N°9.980, se produjo derogación expresa de ésta última. El ejecutivo tuvo a la vista e identificó la norma a derogar. Posteriormente, Ley N°19.506 (1997) limitó la exención a 75%, y Ley N°20.033 (2005) eliminó toda exención al reemplazar los Anexos. Aplicó principios de seguridad jurídica y finalidad técnica de refundiciones leg
Se rechaza el reclamo interpuesto por Fundación Adolfo Ibáñez contra el giro de Impuesto Territorial (cuotas 3 y 4 de 2021), confirmando el giro emitido por el SII. Cada parte paga sus propias costas.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.