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Tribunal de Coquimbo
CONSTRUCTORA SIGMA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 17-12-2025 · Materia: Giro · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de nulidad y reclamo subsidiario contra giros de sobretasa del artículo 7 Bis Ley 17.235 por falta de acreditación de base imponible incorrecta, sin perjuicio de correcciones futuras por SII.
Constructora Sigma Limitada reclamó contra tres giros de sobretasa (2022-2024) emitidos por SII Dirección Regional La Serena. La empresa alegó que los giros no fundamentaban técnicamente el alza de avalúo, que consideraban 8 inmuebles en lugar de 2, y que descontaban mal la superficie por subdivisión y no consideraban la enajenación del rol 2664-409 en marzo 2022. Acompañó resolución SII de enero 2025 que acogía su petición de modificar superficie desde 01.01.2022. El SII reconoció que los giros debían corregirse, pero adujo que las modificaciones informáticas se reflejarían en segundo semestr
El tribunal concluyó que si bien los giros presentaban inexactitudes por subdivisión y enajenación no consideradas, no era idóneo anularlos o rebajarlos porque la actora no acreditó fehacientemente cuál era la base imponible correcta. Aunque los giros carecían de explicación detallada sobre propiedades consideradas, proporcionaban ruta en sitio SII.cl para consultar el detalle. El tribunal rechazó la alegada derogación tácita del artículo 13 Ley 17.235 por el artículo 26 Código Tributario, competencia del Tribunal Constitucional. Reconoció que SII estaba de acuerdo en corregir los giros durant
Rechazó solicitud de nulidad y reclamo subsidiario. Sin embargo, se reconoció que SII procederá a modificar los giros durante 2025 descontando el inmueble enajenado y superficie por subdivisión. No se condenó a la reclamante por tener motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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