Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal de Coquimbo
MUÑOZ CUELLO con SII-DIRECCIÓN REGIONAL LA SERENA
Fecha: 25-02-2014 · Materia: Giro
RECHAZA
Se rechaza reclamo de contribuyente jubilado contra giro de diferencia de impuesto a la renta 2007 por $700.324, por haber tenido dos ingresos simultáneos y estar obligado a reliquidar, habiendo declarado voluntariamente fuera de plazo.
Bacilio del Carmen Muñoz Cuello, jubilado desde 2004 en el IPS, trabajó como conductor en Transportes Nazca Ltda. durante el año calendario 2006. Recibió ingresos simultáneos de pensión de jubilación y remuneraciones como trabajador dependiente. El SII le practicó citación N°0130700225 del 17 de diciembre de 2012 por programa plan no declarante. El 23 de agosto de 2013 presentó declaración de renta extemporánea del año tributario 2007, resultando impuesto global complementario de $227.654, originando giro N°49110847-9 por $700.324 incluyendo reajustes, intereses y multas.
El tribunal estableció que es hecho no controvertido que el contribuyente percibía dos ingresos durante 2006. Conforme al artículo 47 de la Ley de Impuesto a la Renta, los trabajadores dependientes con más de un empleador simultáneamente deben reliquidar el impuesto aplicando escala de tasas al total de rentas. El artículo 54 N°3 establece la obligación de declarar. El contribuyente cumplió voluntariamente esta obligación presentando declaración fuera de plazo el 23 de agosto de 2013, acto propio que genera el giro reclamado. La notificación por cédula fue debidamente practicada, sin que acred
Se rechaza el reclamo y se confirma el giro folio 49110847-9 de 23 de agosto de 2013 por $700.324. No se condena en costas por estimar motivo plausible para litigar. Se notifica por carta certificada y publicación.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.