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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
YEOMANS GIBBONS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 31-03-2026 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Se acogió el reclamo y dejó sin efecto la Liquidación N°467 de 2022 que gravaba al contribuyente bajo régimen de renta atribuida (art. 14 A LIR), concluyendo que debía tributar bajo el régimen semi integrado (art. 14 B LIR) conforme a su declaración inicial de actividades.
Contribuyente Yeomans Gibbons presentó declaración de renta 2019 bajo régimen semi integrado (art. 14 B). El SII observó la declaración por inconsistencias en retiros y dividendos y emitió Liquidación N°467 agregando rentas atribuidas por $334.110.658, calculando impuesto Global Complementario bajo régimen de renta atribuida (art. 14 A). El contribuyente argumentó haber optado formalmente por régimen semi integrado en 2017 mediante Formulario F4415 y mantener consistentemente esa tributación. El SII rechazó la Reposición Administrativa alegando que el F4415 no contenía timbre del SII.
El tribunal constató que el contribuyente aportó Formulario F4415 de inicio de actividades del 01.02.2017 con timbre y firma del SII del 08.02.2017 en que declaró acogerse al régimen del art. 14 B. Verificó que en años tributarios 2017 y 2018 el contribuyente consistentemente registró y declaró sus impuestos bajo régimen semi integrado. El SII mantiene en su sistema SICT que el contribuyente tributa bajo régimen de renta atribuida (art. 14 A), pero esta discrepancia proviene de error en registros informáticos y digitalización de documentos. El tribunal concluyó que la voluntad válidamente mani
Se acogió el reclamo y dejó sin efecto la Liquidación N°467 de 30.08.2022 emanada de la XV Dirección Regional Santiago Oriente del SII. Se condena a cada parte al pago de sus propias costas.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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