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Tribunal de los Lagos
INVERSIONES Y SERVICIOS FyS SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL PUERTO MONTT
Fecha: 10-04-2026 · Materia: Giro · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra giros de IVA y Primera Categoría. Tribunal confirma validez de rectificatorias voluntarias presentadas por contribuyente tras fiscalización por facturas de proveedores en situación irregular.
Inversiones y Servicios F&S SpA fue fiscalizada por el SII por incorporar facturas de proveedores irregulares entre diciembre 2022 y junio 2023. Tras requerimientos del artículo 60 y 59 del Código Tributario, la contribuyente presentó rectificatorias de IVA en agosto 2025, generándose giros por IVA, Impuesto de Primera Categoría y reintegro. La empresa alegó que las rectificatorias fueron forzadas mediante amenazas de querella penal y bloqueo de facturas, y que existió doble fiscalización simultánea sin cumplir formalidades de citación y liquidación.
El tribunal estableció que: 1) No existió doble fiscalización, pues el requerimiento inicial del artículo 60 no constituye fiscalización formal y fue cerrado por inactividad del contribuyente antes de iniciarse la revisión formal bajo artículo 59; 2) Las rectificatorias fueron voluntarias, acreditado mediante correos electrónicos entre la contadora y fiscalizadora donde la empresa decidió rectificar conociendo los riesgos penales del artículo 97 N°4; 3) Informar sobre riesgos penales cumple el deber del artículo 8° bis N°1 y no constituye amenaza; 4) La secuencia procedimental fue regular, con
Se rechaza el reclamo en todas sus partes. Se confirman giros rectificatorios de IVA Nos. 8421687616, 84211714226, 8421697946, 8421693946 y 84211704186 de 25.08.2025, y giros Nos. 50676984 (Primera Categoría) y 50676845 (reintegro) de 29.08.2025. Se condena en costas al actor.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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