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Tribunal R. Metropolitana. Primero
LEHMANN COO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 20-05-2026 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidación por impuesto a donaciones (art. 63 LIHAD) sobre cesión de crédito, al no acreditar el SII falta de efectividad ni desproporcionalidad en contrato celebrado entre padre e hijo mediante sociedad.
Contribuyente reclamó Liquidación N°455/2024 que determinó impuesto a donaciones por $15.445.217 más intereses y multas. El SII estimó que cesión de crédito de $1.936.000.000 desde padre (León Lehmann) a sociedad Inversiones Siete Cumbres Ltda. (donde hijo Bernardo Lehmann tiene 14,23% participación junto a hermanos que suman 99,64%) constituía donación encubierta por: falta de intereses/reajustes, plazo 10 años, incapacidad económica del hijo y relación filial entre partes.
Tribunal estimó que el SII no acreditó mediante prueba suficiente que obligaciones contractuales fueran inefectivas ni incumplidas, siendo carga probatoria del Servicio según art. 21 CT. Contrato de cesión es válido y vinculante conforme arts. 1545 y 1901-1908 CC. Principio de buena fe favorece al contribuyente. Art. 63 LIHAD es norma antiabuso especial que exige acreditar fehacientemente: (a) obligaciones no efectivas, (b) incumplimiento real, o (c) desproporción de prestaciones. Servicio solo presentó presunciones e indicios insuficientes. Autonomía de voluntad permite pactar condiciones ent
Se acoge reclamo y se deja sin efecto Liquidación N°455 de 23.08.2024. No hay condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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