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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
HEREDIA INGENIERIA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO SUR
Fecha: 19-06-2026 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
El tribunal rechazó el reclamo contra la Reliquidación N°1/2023 por no acreditarse prescripción ni vicio alguno, confirmando el acto del SII y condenando en costas a la reclamante.
Heredia Ingeniería Limitada reclamó contra la Reliquidación N°1 de 20.03.2023 por $9.915.785, emitida por el SII en cumplimiento de la Resolución RAF N°165.672 que acogió parcialmente la solicitud del contribuyente respecto de la Liquidación N°20 de 23.06.2022. La reclamante alegó prescripción de la facultad fiscalizadora conforme al artículo 200 del Código Tributario. El SII sostuvo que el acto no era reclamable y que no existía prescripción.
El tribunal estableció que el acto reclamado es la Reliquidación N°1 de 20.03.2023, pese al error de individualización en el libelo. Razonó que dicha reliquidación tiene su origen en la Liquidación N°20 de 23.06.2022, acto terminal no reclamado ni objetado por prescripción, que goza de presunción de legalidad. La reliquidación es accesoria a dicha liquidación y sigue su misma suerte. El SII resolvió la RAF dentro del plazo de 60 días y emitió la reliquidación 25 días después, sin transgredir los plazos del artículo 200 del CT. Aplicando los artículos 21, 127 y 200 del CT y principios de interp
Se rechaza el reclamo, se confirma íntegramente la Reliquidación N°1 de 20.03.2023 y se condena en costas a la reclamante en $1.000.000 por no haber tenido motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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