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Tribunal de los Lagos
AMPUERO AMPUERO con SII-DIRECCIÓN REGIONAL PUERTO MONTT
Fecha: 08-10-2013 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza de plano reclamo tributario por reavalúo general de bien raíz no agrícola, por vicio procesal: reclamante invocó artículo 150 (modificaciones individuales) cuando debió invocar artículo 149 (reavalúos generales).
Rosa Helvetia Ampuero Ampuero es propietaria de sitio eriazo ubicado en calle San Martín S/N, comuna de Ancud, rol 00392-015, de 3.721,78 m². El Servicio de Impuestos Internos efectuó reavalúo general de bienes raíces no agrícolas no habitacionales a partir del 1 de enero de 2013, modificando el avalúo de $26.495.429 a $216.841.275. La reclamante dedujo reclamo el 14 de mayo de 2013, dentro del plazo legal. El inmueble se incluyó en el Área Homogénea CXX003, con coeficiente guía de 1,80 y corrector de 1,00, determinándose valor de $58.275 por metro cuadrado.
El Tribunal analiza que la reclamante invocó artículo 150 del Código Tributario para impugnar un reavalúo general, cuando esa norma solo regula modificaciones individuales de avalúos. Para reavalúos generales, procede artículo 149, cuyas causales son tasadas. El artículo 149 inciso final sanciona con rechazo de plano las reclamaciones que se funden en causales diferentes a las tres allí enumeradas. Aunque existe desajuste normativo por reforma de ley 17.235, el Tribunal estima que la reclamante incurrió en error procesal sustancial al no invocar las causales propias del artículo 149. El Tribun
Se rechaza de plano el reclamo presentado el 14 de mayo de 2013. Se confirma la tasación fiscal del inmueble rol 00392-015 válida para primer semestre de 2013. Sin condena en costas por no contar reclamante con patrocinio de abogado.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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