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Tribunal de la Araucanía
LOUISIANA PACIFIC SOUTH AMERICA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 13-01-2014 · Materia: Artículo 8 bis CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por vulneración de derechos contra citación de auditoría del SII que requería 68 documentos, concluyendo que no hubo vulneración de derechos tributarios del artículo 8 bis CT.
Louisiana Pacific South America S.A. recurrió contra Citación N°4166 del SII (3 septiembre 2013) que requería aclaración de corrección monetaria de activos y acreditación de devolución de capital de $11.751.099.506. La citación solicitaba 68 documentos clasificados en seis categorías: documentos corporativos de sociedades brasileras, respaldos de cesión de créditos, cartolas bancarias, documentación de fusión y flujos de capitales. El contribuyente alegó vulneración de derechos invocando requisitos de entrega de documentación legalizada y traducida, información de terceros y documentos amparad
El tribunal rechazó sistemáticamente los argumentos del reclamante. Respecto de documentos de terceros, señaló que son indispensables para determinar correctamente operaciones entre empresas relacionadas. Sobre instrumentos públicos extranjeros, estimó que pueden presentarse conforme a solemnidades del país de origen. Sobre traducciones, indicó que corresponde al contribuyente según artículo 21 CT. Respecto del secreto bancario, concluyó que no existía vulneración actual sino amenaza futura. En cuanto a duplicidad, estimó que es situación solucionable en sede administrativa. Finalmente, determ
Se rechaza reclamo por vulneración de derechos. Se declara que Citación N°4166 no vulneró derechos del artículo 8 bis números 6 y 8 CT. Se rechaza subsidiariamente petición de prórroga. Se deja sin efecto orden de no innovar. No se condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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