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Tribunal de Coquimbo
SUPERMERCADOS BALMACEDA S.A. con SII - DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 25-10-2011 · Materia: Resolución
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Supermercados Balmaceda contra resolución que rebajó pérdida tributaria a cero. Tribunal admite gastos acreditados documentalmente (luz, agua, gas, arriendo, patentes y capacitación SENCE).
Supermercados Balmaceda S.A. declaró pérdida tributaria de $678.468.813 y pagos provisionales por utilidades absorbidas de $101.565.128 para el año tributario 2010. El SII, mediante Resolución 748 de 18 de febrero de 2011, modificó ambas partidas a $0 pesos. La empresa argumentó que acompañó antecedentes suficientes en la contestación a citación de 29 de octubre de 2010, incluyendo facturas, libros contables y respaldos de gastos en arriendo, energía, agua, gas y franquicia SENCE. El SII sostuvo que la documentación fue insuficiente para acreditar la pérdida conforme al artículo 21 del Código
El tribunal estimó que el SII fundó la resolución únicamente en la falta de antecedentes, por lo que al acompañar la reclamante contabilidad y respaldos en el proceso, cumplió su carga probatoria respecto de esos gastos. Verificó la efectividad de gastos en luz, agua, gas, arriendo e inmobiliaria, así como el crédito SENCE de $6.906.001. Estimó que no era racional rebajar la pérdida de $678 millones a cero considerando la documentación aportada. Sostuvo que la presunción es que declaraciones tributarias son verdaderas conforme buena fe, debiendo el Servicio fundamentar racionalmente el rechazo
Se acoge parcialmente el reclamo y se modifica la Resolución 748 de 18 de febrero de 2011, admitiendo la pérdida tributaria y solicitud de devolución que resulte de los gastos acreditados en luz, agua, gas, arriendo, patentes municipales y crédito SENCE. Se rechaza lo demás sin condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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