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Tribunal de Coquimbo
IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA BRAMELL LTDA con SII DIRECCIÓN REGIONAL LA SERENA
Fecha: 23-04-2014 · Materia: Artículo 8 bis CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGE
Tribunal acoge reclamo de contribuyente por vulneración de derechos tributarios al negarle devolución de documentos aportados en auditoría, ordenando su restitución dentro de tres días.
Importadora y Distribuidora Bramell Ltda. aportó documentos al SII mediante formulario 3309 el 6 de septiembre de 2013 en proceso de auditoría. Fue notificada de liquidación N°173 el 29 de noviembre de 2013. El 11 de marzo de 2014 solicitó devolución de documentos para preparar su defensa en reclamo, cuyo plazo vencía el 17 de marzo. El SII denegó la solicitud el 13 de marzo argumentando que la auditoría no había culminado, ofreciendo solo copias a costa del contribuyente.
El tribunal razonó que la auditoría concluyó con la notificación de la liquidación el 29 de noviembre de 2013, por lo que asistía al contribuyente el derecho a obtener devolución de documentos para reclamar fundadamente. Analizó artículos 16, 17 y 21 del CT sobre importancia de la contabilidad y carga probatoria, concluyendo que el contribuyente debe poder disponer de sus documentos para probar sus alegaciones. La retención injustificada afecta el debido proceso y la calidad de prueba, pues solo los originales permiten verificar detalles significativos. El plazo apremiante obedecía a causas im
Se acogió el reclamo. Se ordenó al SII depositar en secretaría del tribunal la documentación del acta de fojas 13 (formulario 3309 de 6 de septiembre de 2013) dentro de tercero día, para entrega a la reclamante. Se condenó al SII al pago de costas del proceso.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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