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Tribunal Tarapacá
SOC COM JOMEX LTDA con SII DIRECCIÓN REGIONAL IQUIQUE
Fecha: 13-05-2014 · Materia: Resolución · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar Revocatorio
Sociedad Comercial Jomex Ltda. reclama denegación parcial de devolución de remanente de crédito fiscal IVA por cambio de sujeto, argumentando que la retención de $118.407.278 por falta de acreditación de pago a proveedores es arbitraria e ilegal.
Jomex Ltda., sujeto afectado por cambio de sujeto total de derecho en venta de chatarra conforme a Res. Ex. N° 7 de 2003, presentó solicitudes de devolución de crédito fiscal acumulado para los períodos noviembre 2011 a octubre 2012 por $339.285.314. El SII dictó Res. Ex. N° 1082 de 1 de julio 2013 denegando parcialmente la devolución, reteniendo $118.407.278 asociados a operaciones de junio, septiembre y octubre 2012 con siete proveedores, argumentando falta de acreditación de forma de pago. La empresa contabilizó mediante sistema SAP todas las transacciones y acreditó pagos mediante transfer
El tribunal analizó que la retención efectuada por el SII no posee congruencia con el IVA soportado en los meses cuestionados. Se constató que el IVA soportado en los tres meses respecto a los proveedores observados ascendía a $67.377.672, menor que lo retenido por $118.407.278. El acto administrativo carecía de especificación sobre cuáles facturas exactas eran cuestionadas. Se acreditó mediante testimonial de contador público que los pagos cumplieron requisitos legales y fueron contabilizados en sistema SAP implementado desde 2011. Se comprobó mediante prueba de transferencias bancarias que t
Se acoge la reclamación dejando sin efecto la Resolución Exenta N° 1082 de 1 de julio de 2013. Se ordena al SII restituir a Jomex Ltda. la suma de $118.407.278 retenida indebidamente, con condena al pago de costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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