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Tribunal Tarapacá
ZONA FRANCA DE IQUIQUE S A con SII DIRECCIÓN REGIONAL IQUIQUE
Fecha: 27-05-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo de ZOFRI S.A. contra tasación de bien raíz Rol 85-161. Se modifica clasificación de construcción de hormigón armado a acero, manteniendo calidad 3, generando reducción de avalúo.
ZOFRI S.A., administradora de la Zona Franca de Iquique, reclama la tasación del Rol 85-161 correspondiente a edificación de cuatro pisos ubicada en Manzana 28, Recinto Amurallado II, para el período 2013-2017. El SII había tasado el inmueble con valor total de $901.067.415, considerando la construcción como hormigón armado, clase B, calidad 3. La reclamante sostuvo que la construcción debería clasificarse como clase A (acero) según sus características técnicas reales, específicamente por ser albañilería armada de bloques con estructura de pilares y vigas IPE, no hormigón armado puro.
El tribunal analizó la Resolución Exenta 132/2012 del SII sobre parámetros de tasación. Determinó que conforme a la guía técnica para construcciones no habitacionales, la construcción presenta dos características técnicas de las 26 contempladas: superficie de recintos superior a 100 m² y altura superior a 2,5 m., lo que la clasifica en calidad media (3) dentro del rango 0-5 características. Respecto de la clase constructiva, advirtió que el sistema de pilares y vigas IPE con cerramientos de albañilería de bloque no constituye hormigón armado puro, siendo acero la clasificación correcta. Consid
Se acoge parcialmente el reclamo. Se confirma el valor del terreno en $42.714.584. Se modifica la clasificación de la construcción de hormigón armado (clase B) a acero (clase A), manteniendo calidad 3, lo que reduce el avalúo construcción a $647.529.945 y total a $690.244.529. Se ordena devolución de pagos en exceso de 2013-2014. A partir del primer semestre 2014, se rebaja el valor de construcció
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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