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Tribunal Tarapacá
ZONA FRANCA DE IQUIQUE S A con SII DIRECCIÓN REGIONAL IQUIQUE
Fecha: 30-05-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
PARCIAL Ha Lugar en Parte
ZOFRI S.A. reclama contra tasación de bien raíz en Zona Franca de Iquique. Tribunal acoge parcialmente, modifica clase de construcción de hormigón armado a acero y rebaja avalúo en 20% a partir de 2014.
ZOFRI S.A., administradora de la Zona Franca de Iquique, reclama contra la retasación general 2013 del rol 85-168 ubicado en Recinto Amurallado II, cuyo avalúo ascendía a $921.779.265. La construcción fue clasificada como hormigón armado, clase B, calidad 3. ZOFRI argumenta que la construcción tiene sistema de pilares y vigas IPE con cerramientos de albañilería de bloque, obra gruesa sin terminaciones, y no corresponde a hormigón armado. Señala que la tasación es superior en 80% a valores comerciales de galpones en la zona franca.
El tribunal analiza la Resolución Exenta 132/2012 del SII que fija parámetros de tasación. Respecto de la clase de construcción, determina que el material dominante es acero (clase A), no hormigón armado. En cuanto a calidad, aunque ZOFRI argumenta que no se cumplen los 26 requisitos técnicos de la guía, el tribunal constata que la construcción presenta al menos 2 características: recinto de 100 m² por piso y altura mayor a 2,5 m, lo que según la tabla de la Resolución 132 corresponde a calidad 3 (media) para construcciones de hasta 4 pisos. Rechaza el argumento sobre coeficiente comercial al
Se acoge parcialmente el reclamo. Se confirma avalúo de terreno en $42.122.240. Se modifica construcción: clase de hormigón armado a acero (clase A), manteniendo calidad 3, resultando avalúo de construcción en $663.601.545 y total de $705.723.785 desde 2013. A partir de 2014, rebaja valor construcción en 20%. Ordena devolución de cuotas pagadas en exceso o imputación a futuras.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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