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Tribunal Tarapacá
Franquicias Gastronómicas S.A. con Servicio de Impuestos Internos y otro
Fecha: 06-08-2014 · Materia: Liquidación
PARCIAL Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamación contra liquidación del SII por depreciación de inmueble, rechazando gasto por falta de acreditación de destino productivo de renta.
Franquicias Gastronómicas S.A. fue fiscalizada por SII en años tributarios 2009-2010. Se dictó liquidación N°17688 por $14.535.369 con reparos por honorarios, depreciación, intereses bancarios, suministros básicos y supuesta omisión de ingresos de arriendo. La empresa adquirió inmueble en calle Ramírez N°411 el 21 de agosto de 2008, declarando depreciación de $6.749.058, pero sin acreditar ingresos por arriendo de dicho bien. El SII rechazó la depreciación por falta de destino productivo demostrado.
El tribunal analiza el artículo 31° N°5 de la LIR que permite deducción anual de depreciación de bienes del activo inmovilizado 'a contar de su utilización en la empresa'. La reclamante argumentó que el inmueble quedó 'en estado de generar renta' desde su adquisición, independientemente de no haber sido efectivamente arrendado. El tribunal examina si la mera intención de arrendar o el estado de disponibilidad del bien es suficiente para depreciar, o si se requiere efectiva utilización productiva. La carga probatoria recae en el contribuyente conforme artículo 21° del CT. Se contrasta la posici
Tribunal acoge parcialmente la reclamación. Acepta deducción de gasto por honorarios ($6.317.334). Rechaza depreciación por $6.749.058 del inmueble Ramírez 411 por falta de acreditación de su efectiva utilización en la empresa para generar rentas. Otros puntos controvertidos quedan para análisis posterior.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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