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Tribunal Antofagasta
ESPINOZA COLLAO con SII DIRECCION REGIONAL ANTOFAGASTA
Fecha: 07-12-2011 · Materia: Liquidación
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamación contra liquidación de impuestos, reduciendo el monto a justificar por compra de bus al pie efectivamente pagado ($1.500.000) en lugar del precio total pactado.
Clidelia Espinoza Collao, empresaria de transporte, fue liquidada por $2.771.741 en impuestos de Primera Categoría por inversiones en inmueble ($7.000.000), bus DA-6267-K ($8.000.000) y pie de bus KT-8414-0 ($1.500.000). La reclamante alegó que financió estas inversiones con: préstamo bancario de $13.000.000 (2005), ahorros de sueldo como administrativa ($4.400.000 entre 2004-2006) y finiquito laboral ($1.108.333). El SII requirió acreditar el origen de los fondos mediante Citaciones N° 82 y 38, concluyendo que la reclamante no probó adecuadamente la procedencia de los recursos invertidos.
El Tribunal analizó la carga probatoria del contribuyente conforme a los artículos 70 y 71 de la LIR. Respecto del inmueble y bus DA-6267-K: los documentos acompañados (liquidaciones de sueldo de 2005, finiquito de marzo 2006 y referencias al préstamo 2005) resultan insuficientes, pues entre la obtención de fondos y la inversión transcurrió más de un año, sin pruebas que acrediten su mantención en patrimonio. Respecto del bus KT-8414-0: el contrato de compraventa a plazo demuestra que la reclamante solo desembolsó $1.500.000 al contado en mayo 2007, siendo erróneo que la Administración exija j
Ha lugar en parte a la reclamación. Se deja sin efecto parcialmente la Liquidación N° 56 de 27.04.2011, modificando la referencia 3 para reducir el agregado a la base imponible del año tributario 2008 a $1.500.000 más reajustes. Se confirman referencias 1 y 2. No hay condena en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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