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Tribunal del Biobio
CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LANALHUE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 22-09-2014 · Materia: Artículo 19 Nº 24 CPR · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Reclamación por vulneración de derechos al no devolver saldo a favor de impuesto a la renta. SII retuvo íntegramente $42.547.329 alegando fiscalización pendiente de la declaración.
Construcciones y Servicios Lanalhue S.A. presentó su declaración de renta (formulario 22) del año tributario 2014 el 14 de abril de 2014, solicitando devolución de $42.547.329 por pagos provisionales mensuales ($23.272.173) y pagos por utilidades absorbidas ($22.018.624). El SII no devolvió cantidad alguna, reteniendo el 100% del crédito bajo la justificación de que la declaración estaba siendo fiscalizada por discrepancias con antecedentes en poder del organismo. La reclamante sostiene que la devolución debió efectuarse al vencer el plazo del 31 de mayo de 2014.
El SII argumentó que: (1) actuó dentro de sus facultades legales sin incurrir en acto ilegal o arbitrario; (2) el derecho a devolución no es indubitado ni preexistente mientras la declaración está en fiscalización, conforme al artículo 59 del Código Tributario que otorga 12 meses para fiscalizar; (3) las declaraciones de impuestos tienen carácter provisorio en un sistema autodeclarativo y pueden ser revisadas dentro de plazos de prescripción; (4) no existe obligación legal de declarar previamente no fidedigna una declaración para iniciar fiscalización; (5) el SII no ha denegado definitivamente
El texto no incluye la sentencia definitiva (consta que fue traído a fallo a fojas 55, pero el pronunciamiento no aparece en la transcripción proporcionada).
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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