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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
INMOBILIARIA TRANSPORTES ZUNINO Y COMPANIA LIMITAD con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 09-12-2014 · Materia: Liquidación
Tribunal acoge reclamo y deja sin efecto liquidación por impuesto de Primera Categoría 2011, pues la supuesta subdeclaración se originó por error en traspaso de información al sistema SII, no por incumplimiento del contribuyente.
Inmobiliaria y Transportes Zunino y Compañía Limitada presentó declaración de renta AT 2011 en formulario papel declarando renta líquida imponible de $33.972.125. El SII le notificó observación A01 por inconsistencia entre base imponible de Primera Categoría (códigos 18 y 187) y renta líquida imponible (código 643). Sin que la contribuyente aportara documentación adicional, el SII emitió liquidación por $7.591.126 agregando subdeclaración de $27.654.815 a la base imponible. La contribuyente reclama señalando que sus declaraciones son consistentes y nunca comercializó acciones.
El tribunal constató mediante oficio al SII que existían diferencias entre el formulario 22 presentado en papel por la contribuyente (folio 02070060) y el traspasado al sistema computacional SIIC (folio 02070061). En el formulario original figuraba costo directo de bienes y servicios (código 630) por $27.654.815, mientras que en el sistema aparecía $0. El SII reconoció error en consignación y traspaso de información al SIIC. El tribunal concluyó que la supuesta inconsistencia no existe en el formulario papel presentado por la contribuyente, sino que fue generada por error administrativo del SI
Se acoge el reclamo en todas sus partes. Se deja sin efecto la Liquidación N° 116000000143 de fecha 16.12.13, por no existir subdeclaración ni inconsistencia en la declaración AT 2011.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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