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Tribunal del Biobio
INMOBILIARIA IRMAN LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 13-03-2015 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de avalúo de bodega por aplicación errónea de tablas de clasificación. Filtraciones y riesgos de inundación no constituyen causal de modificación de avalúo según Ley de Impuesto Territorial.
Inmobiliaria Irman Limitada reclama el avalúo fiscal de una bodega (Rol 71-092) ubicada en calle Tucapel 156, Concepción, con avalúo de $1.568.175 al 2° semestre 2014. La reclamante alega que la bodega presenta deficiencias: se inunda en época de lluvia, tiene filtraciones de agua lluvia y deficiencias constructivas derivadas del terremoto de 2010. Argumenta aplicación errónea de tablas de clasificación según artículo 149 N°2 del Código Tributario.
El tribunal analiza la fórmula de avalúo de construcciones (VCC × SC × CE × FC × DP × CCC) conforme a la Resolución Exenta 108 de 2013. Determina que la bodega fue clasificada como Calidad 4 (materiales económicos) en condición especial subterránea, conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Concluye que las filtraciones y riesgos de inundación son problemas de mantención o conservación, no causales de modificación de avalúo según artículo 12 letra b) de la Ley de Impuesto Territorial. No consta que el inmueble esté en sectores inundables del plan regulador comunal.
Se rechaza el reclamo y se confirma el avalúo fiscal impugnado de $1.568.175 para la bodega Rol 71-092 de Concepción, con condenación en costas a la reclamante.
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