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Tribunal de Valparaiso
ALIMENTOS MARINOS S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 20-03-2015 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Alimentos Marinos S.A. contra denegación de devolución de PPUA, invalidando la aplicación indebida de proporcionalidad de Circular 68/2010 y depreciación conforme Resolución 43/2002.
Alimentos Marinos S.A., empresa pesquera, solicitó devolución de $875.364.927 por PPUA derivado de pérdida tributaria año 2012, alegando baja en capturas de especies y daño del terremoto 2010 que destruyó planta procesadora. El SII devolvió parcialmente $203.152.173 mediante Res. Ex. 2733, denegando $672.212.754. Luego de reposición administrativa acogida parcialmente por Res. Ex. 26.366, quedó pendiente $377.280.075. La controversia se centró en la aplicación de proporcionalidad de gastos y cálculo de depreciación de bienes del activo inmovilizado.
El Tribunal estableció que la Circular 68/2010 sobre proporcionalidad de costos y gastos es aplicable únicamente a rentas que deben registrarse en el FUNT (exentas o afectas a impuesto único), no a dividendos de sociedades relacionadas que deben registrarse en FUT. Por tanto, la proporcionalidad exigida fue improcedente. Respecto de depreciación, los bienes del activo fueron construidos o adquiridos antes de vigencia de Res. 43/2002, debiendo aplicarse tablas de vida útil previas (Circulares 21 y 22 de 1991 con 20 años para barcos), no la de 36 años establecida en Res. 43/2002. El SII incurrió
Acoge reclamo de Alimentos Marinos S.A., deja sin efecto Res. Ex. 2733 que negó devolución, ordena devolución de sumas solicitadas según RLI correctamente determinada. No condena en costas por estimar motivo plausible para litigar a la parte reclamada.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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