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Tribunal de los Lagos
MOMBERG BORQUEZ con DIRECCIÓN REGIONAL PUERTO MONTT
Fecha: 16-04-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo y deja sin efecto liquidaciones de impuestos que gravaban excedentes de cooperativa percibidos por socio, por ser rentas exentas conforme artículo 17 DL824.
Luis Alberto Momberg Bórquez, agricultor y ganadero, recibió excedentes de la Cooperativa Colún Limitada en años comerciales 2010 y 2011, que contabilizó como ingresos en años tributarios 2012 y 2013. El Servicio de Impuestos Internos emitió liquidaciones N° 26770, 26771 y 26772 (15 julio 2014) por aproximadamente $180.8 millones, considerando estos excedentes como ingresos afectos al Impuesto de Primera Categoría. El contribuyente alegó que dichos excedentes debían estar exentos conforme a la normativa de cooperativas.
El tribunal estimó que los excedentes repartidos por cooperativa a cooperados por operaciones con socios no quedan gravados por Impuesto de Primera Categoría, sino que deben contabilizarse como ingresos brutos pero ser rebajados al calcular la renta líquida imponible conforme artículos 17 N°4 DL824 y 33 N°2 letra b) de la LIR. Rechazó que la expresión 'pasan a formar parte de ingresos brutos' implique automáticamente gravamen. Desestimó la invocación del artículo 26 del Código Tributario sobre cambio de criterio, encontrando que el Oficio N° 549 de 2008 no se pronunció sobre tributación de coo
Se acoge el reclamo en todas sus partes y se dejan sin efecto las liquidaciones N° 26770, 26771 y 26772 de 15 de julio de 2014. No se condena en costas al Servicio de Impuestos Internos por estimar que tuvo motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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