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Tribunal de los Lagos
SII-DIRECCIÓN REGIONAL DE PUERTO MONTT con TRAPP QUINTANA
Fecha: 17-04-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE Ha Lugar
Se condena a contribuyente por utilizar factura falsa para aumentar crédito fiscal de IVA y subdeclarar débitos fiscales en diciembre de 2011, infracción del art. 97 N°4 CT.
Yamil Miguel Trapp Quintana, empresa de publicidad y venta al por menor, fue fiscalizado por el SII. Se determinó que en diciembre de 2011 contabilizó y declaró una factura falsa N°161 del proveedor Alejandro Hormazábal Garrido para aumentar indebidamente su crédito fiscal de IVA. Además, subdeclaró débitos fiscales de ventas registrando en sus duplicados montos inferiores a los reales. El perjuicio fiscal ascendió a $1.452.909 en IVA.
El Tribunal, apreciando la prueba conforme a sana crítica, estableció que los hechos constituyen infracciones consumadas del art. 97 N°4 inciso 2° CT. La factura fue acreditada como falsa: el proveedor declaró jurado no tener negocios con el contribuyente, la factura estaba anulada por vencimiento de vigencia, y existían diferencias materiales entre el documento usado y el original. La subdeclaración se comprobó con los duplicados de facturas que tenían montos menores a los triplicados reconocidos por los clientes. El denunciado no presentó descargos. No concurrieron circunstancias modificator
Se acoge acta de denuncia por infracción consumada del art. 97 N°4 inciso 2° CT. Se condena a Yamil Miguel Trapp Quintana a pagar multa a beneficio fiscal de $1.452.909, equivalente al 100% del tributo defraudado.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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