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Tribunal Arica y Parinacota
Gonzalez Arcay con SII-DIRECCIÓN REGIONAL ARICA Y PARINACOTA
Fecha: 21-04-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Jorge Pohlhammer Doren
ACOGE Ha Lugar
Tribunal rechaza liquidación del SII que obliga a arrendataria agrícola a tributar por renta efectiva, considerando que la norma especial del art. 20 N°1 letra c) prima sobre la letra a) de la LIR.
Cecilia Antonieta González Arcay, agricultor arrendatario, reclamó la liquidación N°167 del SII de agosto de 2014 que determinó impuesto a la renta de primera categoría de $34.405.301 para el año tributario 2011. El SII citó a la contribuyente para justificar por qué tributaba bajo renta presunta cuando era arrendataria de Sociedad Inmobiliaria Torre S.A., que tributaba por renta efectiva. El SII liquidó determinando que debe tributar por renta efectiva según contabilidad completa, invocando que el régimen de la arrendadora se comunica al arrendatario conforme al inciso 8° del art. 20 N°1 letr
El tribunal analiza la aplicación del art. 20 N°1 de la LIR, concluyendo que la norma especial del literal c) (personas que arriendan predios agrícolas) prima sobre la letra a) (contribuyentes que poseen o explotan bienes raíces agrícolas). El SII no consideró en su tasación costos de mano de obra ni gastos asociados a la producción sin registros en libros auxiliares, careciendo la tasación de valor según normas técnicas contables y arts. 29-33 de la LIR. La comunicabilidad del régimen de tributación prevista en el inciso 8° del literal b) solo opera cuando la arrendadora queda sujeta a la let
Se acoge el reclamo y se anula totalmente la liquidación N°167, manteniéndose como válida la declaración de renta presentada por la contribuyente bajo el régimen de renta presunta para el año tributario 2011.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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