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Tribunal R. Metropolitana. Primero
MCWANE CHILE INVERSIONES LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XIV DR STGO PONIENTE
Fecha: 23-06-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidación por corrección monetaria de préstamo de socio. Rechaza cálculo del SII y ordena reliquidación con corrección monetaria tributaria de $46.338.573.
McWane Chile Inversiones Limitada recibió préstamo de US$6.300.000 de su matriz McWane Chile International LLC el 17 de diciembre de 2010, formalizado mediante pagaré a la vista. La sociedad declaró pérdida tributaria de $25.340.117 en AT 2013 e informó diferencia de cambio del préstamo por $253.220.557. El SII liquidó agregando $271.118.023 por diferencia de cambio (corrección monetaria) del período 31.12.2011 a 31.12.2012, determinando renta positiva de $245.777.906 e impuesto de $49.499.670.
El tribunal establece que el préstamo del socio tiene tratamiento tributario de aporte de capital conforme artículo 41 N°9 LIR, según Oficio 180 de 2001 SII. Por tanto, no aplica la regla general del artículo 41 N°10 para deudas en moneda extranjera. Los aumentos de capital deben corregirse por IPC conforme artículo 41 N°1 inciso segundo. El SII erró al aplicar tipo de cambio en lugar de IPC. La reclamante también erró al deducir la diferencia sin agregar la corrección monetaria tributaria. El tribunal, conforme artículo 10 COT, calcula el IPC correspondiente usando base de $2.985.696.000 al 1
Acoge parcialmente el reclamo. Deja sin efecto Liquidación 177 de 5 de mayo 2014. Ordena agregar $46.338.573 de corrección monetaria tributaria a la determinación de renta líquida imponible y reliquida. Sin condena en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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