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Tribunal R. Metropolitana. Primero
INVERSIONES MOVIX LATINOAMERICA LIMITADA con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 25-06-2015 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de Movix contra denegación de devolución de PPUA por $9.477.969, rechazando observaciones del SII sobre FUT y considerando competencia del tribunal para conocer nuevo material probatorio.
Inversiones Movix Latinoamérica Limitada declaró pérdida tributaria de $55.752.759 en el AT 2013 y solicitó devolución de PPUA por $9.477.969. El SII emitió Resolución N°313000000116 (22/11/2013) denegando la devolución, con observaciones A22, A25, A30 y F77 respecto de créditos, FUT y gastos. El contribuyente rectificó el F22 del AT 2012 con fecha 23/05/2013 e interpuso RAV que fue rechazada. Posteriormente dedujo reclamo tributario general en esta sede.
El tribunal rechaza que la falta de presentación de documentos en fase administrativa impida probar en juicio, conforme a los artículos 21 y 132 del CT y al derecho al debido proceso. Declara que los Tribunales Tributarios y Aduaneros poseen competencia para conocer y resolver reclamaciones con total amplitud probatoria, con apoyo en jurisprudencia de la Corte de Apelaciones de Santiago. Respecto de observaciones: A22 se subsana con DJ rectificadas acompañadas; A25 se resuelve con rectificatoria de AT 2013 presentada; A30 se corrige con propuesta de rectificatoria; y F77 debe examinarse en jui
Se acoge parcialmente la reclamación, declarando nula la Resolución N°313000000116 del SII por defectos procedimentales y de fundamentación. Se ordena al SII resolver nuevamente la solicitud de PPUA considerando la documentación aportada y los argumentos expuestos, permitiendo prueba completa en lo relativo a los gastos y créditos cuestionados.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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