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Tribunal de Coquimbo
CACERES TAPIA con SII-DIRECCIÓN REGIONAL LA SERENA
Fecha: 07-07-2015 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente contra liquidaciones de IVA por contratos generales de construcción de riego PADIS, que deben afectarse totalmente según art. 8 letra e) DL 825.
Rodrigo Cáceres Tapia, consultor, ejecutó proyectos de riego para beneficiarios de INDAP mediante contratos generales de construcción. El SII lo fiscalizó por período nov. 2010 a nov. 2013, detectando que emitía facturas afectas, exentas y boletas de honorarios para la misma obra. Se practicaron liquidaciones 67 a 75 (nov. 2014) por IVA, alegando el contribuyente que sus operaciones seguían formatos de INDAP que separaban inversiones afectas y exentas.
El tribunal concluyó que los contratos ejecutados constituyen contratos generales de construcción con múltiples especialidades (estanques, sistemas de riego, instalaciones eléctricas, drenajes, etc.), afectos a IVA conforme art. 8 letra e) DL 825, independientemente de si el ejecutor es formalmente una empresa constructora. La caracterización como empresa constructora resulta de la organización económica habitual que desarrolla trabajos de construcción. Las instrucciones de INDAP sobre documentación de gastos no regulan facturación tributaria. El legislador, no la administración, determina si
Se rechaza el reclamo y confirman las liquidaciones impugnadas números 67 a 75. No se condena en costas al reclamante por haber tenido motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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