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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SERVICIOS EMPRESAS ESPINOZA COHEN LIMITADA con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 04-08-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza nulidad de liquidación tributaria por subdeclaración de ingresos. El tribunal resuelve que la citación no era obligatoria en este caso y que la notificación cursada fue suficiente.
SEE LTDA. presentó declaración de renta AT 2011 (Formulario 22) el 9 de mayo de 2011. El SII envió carta N° 710208660 el 14 de diciembre de 2014 comunicando objeciones por subdeclaración de ingresos y requiriendo comparecencia el 10 de enero de 2012. El contribuyente no concurrió. El 16 de diciembre de 2013 se emitió Liquidación N° 113000000319 determinando diferencia de $12.585.673 (incluidas multas e intereses), notificada por carta certificada el 19 de diciembre de 2013.
El tribunal determina que la subdeclaración de base imponible de Impuesto de Primera Categoría no se encuentra entre los casos en que la citación es obligatoria conforme a los artículos 21, 22 y 27 del Código Tributario. Estos casos obligatorios son: (1) cuando se tacha de no fidedigna la documentación presentada; (2) cuando no se presenta declaración estando obligado; y (3) cuando se debe prorratear gastos o ingresos. La carta N° 710208660 constituyó notificación suficiente. El tribunal rechaza el argumento del SII sobre falta de competencia, afirmando que corresponde revisar tanto la legalid
Se rechaza la nulidad solicitada y se confirma la Liquidación N° 113000000319 de 16 de diciembre de 2013. Se condena en costas a la reclamante por haber sido totalmente vencida.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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