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Tribunal de Aysen
SOC. TRANSP. ALIRO GUARDA MUNDACA LTDA. con SII DIRECCIÓN REGIONAL COYHAIQUE
Fecha: 13-10-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Roberto Esteban Aguirre Lagos
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de Aliro Guarda Mundaca contra liquidaciones por IVA, impuesto primera categoría y reintegro, por vencimiento del plazo fatal de seis meses de la ley 18.320 y no comprobación de causales de exclusión.
El SII notificó a la empresa el 18.01.2012 requiriendo antecedentes para períodos enero 2009 a diciembre 2011. La empresa respondió parcialmente el 12.03.2012. Mediante segunda notificación del 10.01.2013 requirió nuevamente documentación. La empresa respondió el 08.02.2013. El SII emitió citación el 19.11.2014 (14 meses después del vencimiento del plazo de seis meses) y liquidaciones el 27.01.2015 por rechazar facturas falsas de proveedores Marcela Bustamante y Gece Combustibles, negando crédito fiscal IVA, impuesto específico combustible y gastos asociados.
El tribunal analizó la aplicabilidad de la ley 18.320. Concluyó que el plazo de seis meses para citar, liquidar o girar desde el vencimiento del plazo para entregar antecedentes es fatal. El segundo requerimiento vencía el 10.02.2013, luego seis meses al 10.08.2013. La citación del 19.11.2014 es extemporánea. El SII alegó causales de exclusión: no aporte de documentación completa e infracciones sancionadas con pena corporal. El tribunal estimó insuficiente la prueba. La querella se presentó el 12.01.2015, después de vencido el plazo de seis meses, por lo que no puede validar retrospectivamente
Se acoge la reclamación y se deja sin efecto las liquidaciones números 1 a 11 del 27.01.2015. Se condena en costas al Servicio de Impuestos Internos por ilegalidad evidente y contradicción con sus propias instrucciones.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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