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Tribunal de Coquimbo
VALDOVINOS Y ARAYA LIMITADA con SII DIRECCIÓN REGIONAL LA SERENA
Fecha: 30-12-2015 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente exportador de fruta contra liquidaciones de impuesto adicional por omisión de declaración 1854, concluyendo que operaciones constituyen comisión encubierta en compraventa, no venta condicional.
Valdovinos y Araya Limitada, exportadora de fruta fresca, fue citada por el SII para aclarar omisión de Declaración Jurada 1854 respecto de remuneraciones por servicios en el extranjero (artículo 59 LIR). El SII liquidó impuesto adicional de retención del 35% por comisiones pagadas al extranjero y seguros contratados, por monto de $348.253.019 con recargos. La contribuyente alegó que se trataba de compraventa internacional con precio condicional determinable según precios de mercado con margen de utilidad para el comprador, no comisión.
El Tribunal analizó la calificación de las operaciones. Aunque la contribuyente las registró como ventas, esta denominación no altera la configuración del hecho gravado (pago de remuneraciones a personas sin domicilio en Chile por servicios en extranjero). Aplicó doctrina sobre comisión encubierta en compraventa: cuando el precio mínimo carece de bilateralidad, conmutatividad y realidad, y el vendedor asume riesgos del comprador, la operación se califica como comisión. En este caso: falta de determinación seria del precio (dependía solo de voluntad del recibidor), ausencia de reglas claras par
Se rechaza el reclamo de Valdovinos y Araya Limitada. Se confirman las liquidaciones números 20 a 37 de fecha 29 de enero de 2015, emitidas por el SII, por concepto de impuesto adicional de retención del 35% sobre comisiones pagadas al extranjero por servicios de comercialización.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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