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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS ORIENTE con DORIS NORIEGA VALENCIA CAFETERIA SALON DE TE GEL
Fecha: 06-04-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
Se confirma denuncia contra cafetería por subdeclaración maliciosa de IVA y omisión de declaraciones de impuestos a la renta, aplicando multa del 300% del monto defraudado.
Doris Noriega Valencia operaba una cafetería-gelatería en Ñuñoa. Entre octubre 2012 y octubre 2013 emitió facturas electrónicas sin declararlas íntegramente en formularios 29, subdeclarando débitos fiscales de IVA. En septiembre y octubre 2013 no presentó declaración alguna pese a emitir facturas. Tampoco presentó formularios 22 de impuesto a la renta para 2013 y 2014. El SII requirió documentación en dos ocasiones (2014 y 2015) sin respuesta. El perjuicio fiscal ascendió a $1.600.168 en IVA y $4.435.559 en renta.
El tribunal confirmó que la conducta configura infracciones de artículos 97 N°4 y N°5 del CT. Se acreditó subdeclaración reiterada de débitos y omisión maliciosa de declaraciones. La contribuyente actuó con dolo e intención de disminuir carga tributaria, siendo responsable directo de sus obligaciones sin poder endosar responsabilidad a terceros. Se aplicaron criterios del artículo 107 del CT: reiteración, falta de colaboración con fiscalización, monto significativo respecto a su giro. Existió concurso material de delitos, aplicándose la pena mayor (art. 97 N°4) aumentada en un grado.
Se confirmó acta de denuncia y se aplicó multa de $5.110.598 (300% del monto defraudado) por infracciones a artículos 97 N°4 inciso 1° y 97 N°5 del Código Tributario. Se ordena girar multa por SII.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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