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Tribunal de Coquimbo
ACUÑA CERDA con DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 06-04-2016 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
PARCIAL Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo de liquidaciones por impuesto global complementario, ordenando reliquidación conforme a lo resuelto en causa conexa de la sociedad matriz.
Mauricio Italo Acuña Cerda, ingeniero geomensor y socio con 97% de derechos en GEOMAC Servicios a la Minería Limitada, reclama liquidaciones 289 a 291 de 30 de julio de 2015 por $24.846.083. El SII rechazó gastos de la empresa: compra de Moto Polaris Sportsman 300 por $3.700.000, cuota final de leasing de Mitsubishi Montero, combustibles, peajes y mantenciones. El reclamante sostiene que estos gastos son necesarios para generar renta en su actividad de servicios topográficos y de geomensura en sectores mineros de difícil acceso.
El tribunal establece que las liquidaciones reclamadas son consecuencia directa de las practicadas a GEOMAC Servicios a la Minería Limitada. Conforme al artículo 21 del CT, pesa sobre el contribuyente desvirtuarse las impugnaciones. El tribunal tuvo a la vista la causa conexa RUC 15-9-0001513-2 de GEOMAC, en la cual se acogió parcialmente el reclamo, ordenando descontar de la adquisición de la cuadrimoto Polaris por $3.700.000 y rechazando los demás gastos. Al ser las liquidaciones de autos una consecuencia directa de aquellas a la sociedad, lo resuelto incide directamente en éstas, ordenándos
Ha lugar en parte al reclamo. Se ordena reliquidación de liquidaciones 289 a 291 rebajando la incidencia del gasto de cuadrimoto Polaris Sportsman 300 por $3.700.000, conforme a lo resuelto en causa conexa de GEOMAC. Se rechaza resto de pretensiones. Sin condena en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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