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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR con SERVICIO DE TRANSPORTE RUTH AMALIA DE LOURDES PAEZ
Fecha: 08-04-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
Tribunal condena a empresa de transportes por aumentar fraudulentamente crédito fiscal IVA sin respaldo documentario entre 2013-2014, imponiendo multa de $383.700.922.
Servicios de Transportes Ruth Amalia de Lourdes Páez Vega EIRL declaró en formularios 29 durante enero a diciembre de 2013 y enero a marzo de 2014 crédito fiscal IVA ficticio por $228.218.384 (histórico), sin contar con facturas de proveedores ni registros contables que lo respaldaran. Los libros de compras timbrados sólo registraban $781.432 en IVA, mientras declaraba $229.003.517. La contadora de la empresa testificó que recibía información telefónica sin documentos a la vista. La denunciada no comparecio a prestar declaración jurada requerida.
El tribunal estableció que las declaraciones en formularios 29 constituyen declaraciones juradas que exigen conocimiento de la naturaleza, origen y monto de las operaciones registradas. La conducta fue sucesiva y reiterada, evidenciando voluntariedad plena en el uso de crédito fiscal ficticio. El incluir montos sin respaldo documentario constituye maniobra tendiente a aumentar indebidamente el crédito fiscal. Se acreditó que la denunciada fue directamente beneficiada con la menor tributación fraudulenta. Se cumplen plenamente los requisitos del artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributa
Tribunal confirma Acta de Denuncia N° 09 por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario e impone multa de $383.700.922 (150% del monto defraudado actualizado) a Servicios de Transportes Ruth Amalia de Lourdes Páez Vega EIRL.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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